23 de octubre, 2013
Entre los años 50 y 60 del pasado siglo XX, se extendió el uso de un fármaco para evitar las náuseas y vómitos de las gestantes, pese a que sus efectos iban fundamentalmente dirigidos precisamente a limitar los efectos de una enfermedad mutilante, como la lepra. Su nombre, Talidomida, y el laboratorio que lo comercializó, la compañía alemana Grunenthal Pharma. Lo que nadie imaginaba es que esta utilización en gestantes no iba a ser contrastada en sus márgenes de seguridad. Igualmente, nadie podía imaginar que las consecuencias sobre la salud del feto iban a ser tan catastróficas, pues la Talidomida es muy teratogénica y produce grandes defectos en el desarrollo del embrión.
Producto de aquella utilización en gestantes fueron miles de niños nacidos con defectos congénitos del desarrollo, como agenesia de extremidades, manos, dedos, pies, etc. Aún podemos verlos por nuestras ciudades, ya que la mayoría de ellos son discapacitados físicos, que ahora tienen 50 o 60 años. Después de 4 o 5 años de utilización de este fármaco, a principios de los años 60 se retiró del comercio, al ser una evidencia inapelable sus efectos secundarios. Pues bien, después de casi 50 años, ha salido el juicio que se ha talidomida3desarrollado en España por los afectados de Talidomida, contra los laboratorios Grunenthal y en el que, a todas luces, la multinacional alemana tendrá que indemnizar a los afectados aún vivos y a sus familias.
Me gustaría llamar la atención sobre varios aspectos, que considero centrará algunas cuestiones sobre los niveles de responsabilidad.
En primer lugar, señalar la total incapacidad de la Justicia española para dar respuesta flexible y adecuada a los requerimientos de los ciudadanos, pues en España llevamos un retraso de más de 20 años en este proceso con respecto a los afectados de otros países. Me parece increíble que se tenga que esperar medio siglo para hacer justicia.
En segundo lugar, llamar la atención sobre la importancia de la utilización de los fármacos siguiendo las recomendaciones de su ficha técnica. Los medicamentos deberían utilizarse para tratar las afecciones señaladas en las indicaciones para las que está aprobada su comercialización y no por los supuestos beneficios que se pueden obtener de sus efectos secundarios. La Talidomida se comercializó para el tratamiento de otras afecciones, siendo su indicación actual el tratamiento del mieloma múltiple y no para paliar la sintomatología de las gestantes.
Y por último, romper una lanza a favor de los acusados, sin eximirles de la responsabilidad subsidiaria acontecida hace 50 años. talidomida2 Ellos deben pagar frente a la Justicia y frente a la sociedad, por su mala praxis en aquellos años, pero en estos momentos, después de medio siglo, hay que reconocer que Grunenthal se trata de un laboratorio ejemplar con importantes líneas de desarrollo en temas de gran importancia como la supresión del dolor crónico.
Que nos sirva esta lectura atenta y desapasionada de la historia reciente de la medicina, para aprender “a todos”, tomar conciencia cada uno de su parte de responsabilidad e impedir que sucedan de nuevo hechos similares.
..Julio Zarco
Fuente: http://isanidad.es/24401/como-se-hace-justicia-retroactiva-en-medicina-por-julio-zarco/
Imagen: http://isanidad.es/wp-content/uploads/2013/10/Talidomida.jpg
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