Uno de ellos, de nacionalidad senegalesa, está a la espera de un trasplante de corazón y en situación grave, según su abogado, Javier Galparsoro. El entorno del enfermo asegura que “se sobresalta mucho y la noticia ha afectado a su salud”. El paciente ya tiene colocada una válvula aórtica como consecuencia de esa dolencia cardiaca.
En su resolución, la Subdelegación de Gobierno se justifica indicando que en el informe médico “únicamente figura condicionantes, y problemas sobre su estado de salud así como medicación recomendada de fecha 2010”. Sin embargo, Galparsoro asegura que “está en situación de espera de un trasplante de corazón, algo por lo que ya se le concedió el permiso de residencia el año pasado”.
En la resolución de marzo de 2013 -las peticiones de residencia temporal deben renovarse cada año- la misma Subdelegación le otorgó el permiso por “razones humanitarias por enfermedad sobrevenida”. “Pero no ha cambiado nada desde entonces”, denuncia su abogado.
Sin asistencia tras un trasplante renal hace 10 meses
El segundo caso de solicitud de residencia por motivos humanitarios que ha tumbado el Gobierno es el de un nigeriano que fue sometido a un trasplante renal en junio de 2013. Pese a que tiene que someterse a revisiones constantes, la resolución se basa en el hecho de que “evoluciona favorablemente” y responde al tratamiento farmacológico.
A juicio de la Subdelegación de Gobierno en Vizcaya, esta persona “puede seguir su tratamiento en su país de origen”. El organismo le niega el permiso de residencia ya que el informe médico “no indica la gravedad de la enfermedad alegada”.
Además, la resolución señala que los afectados no tienen unos ingresos mínimos. Galparsoro recuerda que el listón impuesto por el Gobierno es de 2.130 euros mensuales. El problema es ver cómo pueden aspirar a obtener esos ingresos si ambas enfermedades les incapacitan para trabajar. Ambos cobran una ayuda de 866,13 euros del Servicio Vasco de Empleo. Por este motivo, Galparsoro recurrirá ambos casos en los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao, con una solicitud para la adopción de medidas cautelares que les permita seguir recibiendo la asistencia sanitaria necesaria.
“Es dramática la denegación de asistencia sanitaria tras la aprobación del Real Decreto Ley 16/2012 limitando el acceso universal a la salud a las personas migrantes en condición de simple irregularidad administrativa, a las que la propia Administración les aboca a esa situación en un insoportable ejercicio de negligencia y omisión”, concluye el abogado Galparsoro.
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